Decreto de Jóvenes Empresarios · Ley 60-2019

Comienza tu negocio sin pagar contribución sobre ingresos por 3 años.

Si tienes entre 16 y 35 años y vas a abrir un negocio nuevo en Puerto Rico, te tramitamos el decreto de principio a fin: certificaciones, radicación ante el DDEC y seguimiento hasta la aprobación.

¿Prefieres hablar? Llámanos al 787-315-6330 y recibe una orientación gratuita. Tenemos servicio 24/7, los 7 días de la semana.

Durante tus primeros 3 años pagas:

0%de contribución sobre ingresos en tus primeros $500,000 de ingreso neto
0%de patente municipal
0%de contribución sobre propiedad mueble e inmueble

Ese dinero se queda en tu negocio para crecer, no en contribuciones.

Cualquier industria

Salones de belleza, abogados, oficinas médicas, tiendas online, restaurantes, tecnología y más.

Menos de 90 días

El DDEC redujo el tiempo de aprobación de más de 300 días a menos de 90.

No necesitas incorporarte

Puedes solicitarlo como individuo con tu negocio propio (DBA), pero si prefieres hacerlo bajo una corporación, te creamos una LLC por un cargo mínimo adicional.

Lo que te ahorras con el decreto

El Decreto de Jóvenes Empresarios (Capítulo 10 de la Ley 60, antes Ley 135-2014) es un acuerdo con el Secretario del DDEC que libera a tu negocio de las principales contribuciones durante sus primeros 3 años de operación.

$500K

Tus primeros $500,000 libres de contribución sobre ingresos

100% de exención sobre el ingreso neto hasta llegar a $500,000 o cumplir 3 años, lo que ocurra primero.

$0

Cero patente municipal

100% de exención en contribuciones municipales por volumen de negocio durante el término del decreto.

$0

Cero CRIM sobre tu propiedad

100% de exención en contribución sobre propiedad mueble e inmueble de tu negocio.

El ingreso neto que exceda $500,000 tributa a las tasas ordinarias del Código de Rentas Internas. Una enmienda de 2023 (Ley 106-2023) confirmó que los médicos jóvenes que trabajan por contrato o abren su propia oficina también cualifican.

¿Cualificas? Estos son los requisitos

Ser residente de Puerto Rico y tener entre 16 y 35 años al momento de solicitar.

Tener diploma de escuela superior o su equivalente, o estar completándolo.

Que el negocio sea nuevo: no puede haber operado ni facturado antes de radicar.

Que el negocio sea dirigido exclusivamente por jóvenes dentro de ese rango de edad.

Estar al día con Hacienda, CRIM y ASUME, o tener un plan de pago.

No necesitas estar incorporado: también aplica si operas como individuo (DBA).

No eres elegible si:

Tu negocio ya comenzó operaciones o ya pagaste la primera nómina; ya tienes otro decreto de Joven Empresario (solo se permite uno por persona); o tienes historial criminal. Además, este decreto no se puede combinar con otro incentivo de la Ley 60.

Precualifícate en 1 minuto

Contesta sí o no. Es una guía rápida; confirmamos todo contigo antes de radicar.

¿Eres residente de Puerto Rico?

¿Tienes entre 16 y 35 años (sin haber cumplido 36)?

¿Tienes diploma de escuela superior o equivalente (o lo estás completando)?

¿Tu negocio aún no ha comenzado a operar, facturar ni pagar nómina?

¿Todos los dueños y quienes dirigen el negocio tienen entre 16 y 35 años?

¿Tienes ya otro decreto de Joven Empresario u otro decreto de la Ley 60?

¿Tienes historial criminal?

Te faltan 7 preguntas por contestar.

¡Parece que cualificas!

Escríbenos y comenzamos tu solicitud. Si tienes deudas con Hacienda, ASUME o CRIM, necesitarás un plan de pago; te orientamos.

Quiero comenzar mi solicitud

Hay algo que revisar

Cada caso es distinto. Escríbenos y te decimos si hay alternativas.

Pedir orientación

Cómo trabajamos: tú emprendes, nosotros hacemos el papeleo

Nos encargamos de cada gestión ante las agencias para que tú te enfoques en arrancar tu negocio.

1

Te precualificamos

Revisamos tu edad, tu negocio y tu situación con las agencias para confirmar que cualificas.

2

Nos envías tus documentos

Identificación (ID o Pasaporte), certificado de nacimiento, diploma y acceso de representante a tu cuenta en SURI, CRIM y ASUME.

3

Gestionamos las certificaciones

Obtenemos las certificaciones de Hacienda, IVU, ASUME y CRIM.

4

Radicamos ante el DDEC

Preparamos y radicamos tu solicitud en el Portal de Incentivos del DDEC.

5

Damos seguimiento

Respondemos requerimientos y te mantenemos al tanto hasta la aprobación.

6

Aceptas tu decreto

Aceptación del decreto y comienzas a disfrutar tus beneficios.

Tu decreto, gestionado de principio a fin

Un solo servicio que incluye la solicitud del incentivo bajo la Ley 60-2019 y todas las certificaciones que exige el DDEC, para ti y para tu entidad si estás incorporado.

Cargos del gobierno (no incluidos)

Se pagan en el Portal de Incentivos del DDEC: $5.00 por transacción, $50.00 de manejo de caso al radicar y $50.00 por la aceptación del decreto.

El DDEC puede tardar más de 60 días en evaluar la solicitud. No controlamos ese tiempo, pero damos seguimiento y respondemos cualquier requerimiento adicional.

Solicitud del Decreto de Joven Empresario

$750pago único

Evaluación de elegibilidad y orientación personalizada

Certificación de Radicación de Planillas (Hacienda)

Certificación de Deudas (Hacienda)

Certificación de Radicación de Planillas del IVU

Certificación de Deudas del IVU

Certificación de Deudas de ASUME

Certificación Negativa de Deudas de Bienes Muebles e Inmuebles del CRIM

Preparación y radicación de la solicitud ante el DDEC

Seguimiento con el DDEC hasta la aprobación

Si deseas obtener el decreto bajo una corporación desde el comienzo, te la creamos por solo $250 adicionales.

Solicitar este servicio Precualificarme primero

Lo que necesitamos para comenzar

Ten esto a la mano y tu solicitud avanza sin atrasos. Si eres corporación, las certificaciones se someten tanto personales como corporativas.

Información completa, personal y del negocio

Identificación con foto emitida por el Gobierno de PR o de EE.UU. (licencia o pasaporte)

Certificado de nacimiento

Diploma de escuela superior, su equivalente o diploma universitario

Certificado de incorporación, si estás incorporado

Acceso de representante a tu cuenta en SURI, ASUME y CRIM. De no proveer este acceso, deberás brindarnos las certificaciones.

Carta firmada que nos autoriza a realizar las gestiones. Tenemos una carta modelo, solo necesitas firmarla.

Método de pago para los cargos del DDEC

Completar la información requerida de nuestro formulario

Preguntas frecuentes

Durante 3 años desde el inicio de operaciones no pagas contribución sobre ingresos en tus primeros $500,000 de ingreso neto, ni patente municipal, ni contribución sobre propiedad mueble e inmueble. Lo que exceda $500,000 tributa a las tasas ordinarias.

Sí. Lo importante es que no hayas cumplido 36 años al momento de radicar la solicitud. Por eso conviene empezar cuanto antes.

Sí, siempre y cuando no haya operado, esté en cumplimiento con todas las agencias y puedas presentar evidencia de las planillas radicadas en cero.

No. Aunque es recomendable, puedes solicitar el decreto como individuo bajo tu número de seguro social, sin abrir una entidad jurídica.

No. El negocio debe ser operado exclusivamente por jóvenes empresarios según la definición del decreto.

Debes presentar evidencia de un plan de pago con la agencia. De lo contrario, te pedirán saldar la deuda antes de otorgar el decreto.

Sí. Aplica a cualquier industria: salones de belleza, abogados, oficinas médicas o dentales, firmas de contabilidad, tiendas, restaurantes, startups tecnológicas, negocios creativos y más.

Tu información personal y del negocio, identificación con foto, certificado de nacimiento, diploma de escuela superior o universidad, certificado de incorporación (si aplica), acceso de representante a tu cuenta en SURI, ASUME y CRIM (de no proveer este acceso, deberás brindarnos las certificaciones). Además, necesitamos una carta firmada en la que nos autorizas a realizar las gestiones por ti. (Ya tenemos un modelo de carta, solo tienes que firmarla).

Con el acceso de representante obtenemos por ti las certificaciones de Hacienda que exige el DDEC (radicación de planillas, deudas e IVU), así como la Certificación de No Deuda por Todos los Conceptos del CRIM y la de ASUME. Si prefieres, puedes proveer esas certificaciones directamente. De proveerlas, deben tener al menos 30 días de vigencia desde la fecha en que se obtuvieron.

El DDEC ha reducido el tiempo de aprobación a menos de 90 días, aunque puede tardar más de 60 días en revisar y dar una actualización. Nosotros damos seguimiento y respondemos cualquier requerimiento.

Los cargos del DDEC son los siguientes: $5.00 por concepto de transacción, $50.00 por manejo de caso y $50.00 por aceptación del decreto. Nuestro servicio tiene un costo de $750.00 e incluye la gestión y preparación de tu solicitud, asegurándonos de que sea presentada correctamente y conforme a los requisitos correspondientes. Si además deseas que constituyamos tu corporación, podemos encargarnos de todo el proceso por un costo adicional de $250.00.

Tu negocio merece arrancar sin la carga de las contribuciones.

Escríbenos hoy y te decimos si cualificas, qué documentos necesitas y cuándo podemos radicar.